Tras la publicación en el  BOJA el pasado 11 de junio de la Resolución sobre regulación del acceso con embarcaciones al monumento natural de la Punta del Boquerón y al Islote de Sancti Petri, se le informa lo siguiente.

1. Aplicación de la resolución:

    – Para desembarcar en la Punta del Boquerón:

        Particulares (propietarios y arrendatarios de embarcaciones): Solo podrán desembarcar con la correspondiente autorización de este Parque Natural.

        Empresas: Deberán solicitar la correspodiente autorización de este Parque Natural.

    – Para desembarcar en el Islote de Sancti Petri: 

       Particulares (propietarios y arrendatarios de embarcaciones): Podrán desembarcar libremente siempre y cuando cuenten con la correspondiente autorización de este Parque Natural, de lo contrario, el cupo se establece en 50 personas, no pudiendo permanecer en el islote un número superior de personas al cupo establecido sin la autorización correspondiente. Se recomienda pedir autorización, ya que se establecerán sistemas de control de acceso.

       Empresas: Deberán solicitar la correspodiente autorización de este Parque Natural.

* Aquellos particulares pertenecientes a clubes náuticos o usuarios de empresas de turismo activo o empresas de alquiler, puede gestionar la solicitud a través de las mismas.

2. Documentación a presentar:

– Modelo de solicitud cumplimentado (se adjunta al presente correo), donde deberá indicarse la siguiente información:

1. Datos del solicitante o representante de la entidad (Nombre, Apellidos, DNI, Dirección, Cód. Postal, Ciudad, Teléfono, Correo-e).

2. Datos de las personas que van a usar la embarcación o artefacto flotante (Nombre, apellidos y DNI).

3. Descripción de la embarcación o artefacto flotante, especificando la matrícula, documentación de la embarcación y título habilitante para la navegación, en su caso.

4. Capacidad máxima de la embarcación o artefacto flotante.

5. Fecha o periodo para el que solicita el desembarco.

6. Lugar donde se solicita el acceso (Monumento Natural Punta del Boquerón y/o  Isla de Sancti Petri).

3. Para presentar la correspondiente solicitud de autorización a este Parque Natural, puede realizarlo de las siguientes formas:

– Mediante presentación electrónica, con certificado digital o DNI electrónico, en el portal de nuestra Consejería, en el siguiente enlace, a traves de «Servicios y Trámites» y luego accediendo a » Presentación Electrónica General»:https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturaganaderiapescaydesarrollosostenible.html. Le recordamos que debe tener instalado el programa para la firma electrónica (autofirma). Lo puede descargar en este enlace: https://ws024.juntadeandalucia.es/clienteafirma/autofirma/autofirma.html. Si decide usted presentar la solicitud a través del portal de Atención a la Ciudadanía, en el Apartado nº3 – Destinatario, debe indicar “Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible” y en el Órgano/Agencia/etc. debe indicar “ Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz”. En la exposición, indíquenos el espacio natural al que dirige su solicitud. En este caso Parque Natural Bahía de Cádiz.

– Oficina de Registro de nuestra Delegación Territorial sita en Plaza Asdrúbal, 6, CP 11.071, Cádiz,

– A través de los establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

– O bien, mediante correo electrónico en la siguiente dirección ¨ pnbahiacadiz.dtca.cagpds@juntadeandalucia.es ¨  cumplimentando la solicitud que se adjunta.

– La autorización se enviará a través del correo electrónico facilitado, para validar la autorización deberán respondernos confirmando la recepción del mismo.
Para cualquier duda, puede ponerse en contacto con nosotros en el telefóno y dirección de correo del Parque Natural.
Un saludo

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